Para una familia en España, como regla práctica:
- La renta y sus justificantes: al menos 4 años desde que acaba el plazo de presentación.
- Facturas de compras: mientras dure la garantía (3 años en productos nuevos).
- Recibos de alquiler, suministros y comunidad: 5 años, por prudencia.
- Nóminas: hasta la jubilación. Escrituras, testamento y libro de familia: siempre.
- Para no perder nada: una carpeta con 8 apartados, copia digital de lo importante y una limpieza al año.
Los papeles se acumulan sin pedir permiso: el recibo de la luz, la garantía de la lavadora, la renta de hace tres años, un contrato que ya no sabes si vale. Y siempre llega el día en que necesitas uno concreto y no aparece. Aquí tienes cuánto tiempo hay que guardar las facturas y los documentos importantes de casa, en una tabla, y un sistema sencillo para tenerlos ordenados sin dedicarle más que una tarde al año.
Los plazos están comprobados en octubre de 2026 en el BOE (Ley General Tributaria, Código Civil y ley de consumidores) y en la Agencia Tributaria. Hablamos de documentos personales y del hogar; si eres autónomo o tienes empresa, mira el recuadro de más abajo.
Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional (notaría, abogado o gestoría). Los plazos y requisitos pueden cambiar; confírmalos en el organismo oficial.
Cuánto tiempo hay que guardar cada documento
Los plazos legales marcan lo mínimo. Si un papel te da tranquilidad y no ocupa mucho, no pasa nada por guardarlo más.
| Documento | Cuánto tiempo guardarlo |
|---|---|
| Declaración de la renta y sus justificantes | Al menos 4 años, contados desde el día siguiente a que acaba el plazo de presentación. Es el plazo de prescripción de la Ley General Tributaria (artículos 66 y 67). |
| Facturas de compras con garantía (electrodomésticos, móvil, muebles) | Como mínimo, mientras dure la garantía: 3 años desde la entrega para productos nuevos; 2 años para contenidos y servicios digitales. Ley de consumidores, artículo 120, para compras desde 2022. En segunda mano se puede pactar menos, nunca por debajo de 1 año. |
| Facturas y justificantes de algo que te deduces en la renta (por ejemplo, donativos u obras) | Lo mismo que esa declaración de la renta: 4 años desde que acaba su plazo. Son el justificante de la deducción. |
| Recibos del alquiler (si vives de alquiler) | 5 años. El Código Civil fija en cinco años la prescripción del pago de los arriendos (artículo 1966). |
| Recibos de luz, agua, gas, teléfono y comunidad | 5 años, por prudencia. Muchos están también en el área de cliente. El mismo artículo 1966 fija en cinco años la de los pagos que se hacen por años o en plazos más breves. |
| Nóminas, contratos de trabajo y finiquitos | Recomendable hasta la jubilación. No es una obligación, pero ayudan a comprobar cotizaciones. El informe de vida laboral se pide en la Seguridad Social. |
| Pólizas de seguros | Mientras estén en vigor. Las de vida y decesos, siempre localizables. Tu familia necesitará saber con qué compañía están. |
| Escrituras, hipoteca y su cancelación, testamento, libro de familia, títulos | Siempre. Son documentos de toda la vida. Guarda el original en un sitio seguro y una copia aparte. |
Si eres autónomo o tienes empresa, los plazos son otros. La Agencia Tributaria indica que empresarios y profesionales deben conservar las facturas y justificantes fiscales durante el plazo de prescripción de 4 años, y el Código de Comercio (artículo 30) obliga a los empresarios a conservar la documentación de su negocio durante 6 años. Tu gestoría te dirá cuál aplica a tu caso.
Papeles que conviene guardar siempre
Hay documentos que no caducan nunca, porque los vas a necesitar en momentos importantes: comprar o vender una casa, una herencia, una jubilación o una urgencia médica.
- Escrituras de la vivienda y, si tenías hipoteca, el documento de su cancelación.
- Testamento (copia) y documento de instrucciones previas o testamento vital, si lo tienes.
- Libro de familia y certificados de matrimonio o pareja de hecho.
- Títulos académicos y certificados profesionales.
- Contratos de trabajo, finiquitos y papeles de la pensión.
- Informes médicos importantes y cartilla de vacunación.
- Pólizas de seguros de vida y decesos.
- Papeles del coche mientras lo tengas.
Cómo organizar los documentos de casa: la carpeta de 8 apartados
No hace falta un sistema complicado. Un archivador de documentos con separadores, o una caja con carpetas, y siempre el mismo orden. Estos ocho apartados cubren casi todo lo de una casa:
- 1
Identidad y familia
DNI (fotocopia), libro de familia, certificados, testamento.
- 2
Casa
Escrituras o contrato de alquiler, hipoteca, IBI, comunidad.
- 3
Suministros
Contratos y últimos recibos de luz, agua, gas, internet.
- 4
Dinero e impuestos
Rentas con sus justificantes, contratos del banco, inversiones.
- 5
Trabajo y pensión
Contratos, nóminas, vida laboral, papeles de la pensión.
- 6
Salud
Informes, tarjeta sanitaria, medicación, seguro médico.
- 7
Seguros
Pólizas y teléfonos de asistencia de hogar, coche, vida y decesos.
- 8
Compras y garantías
Facturas y tickets con garantía, manuales, coche.
Tres costumbres hacen que el sistema dure:
- Una bandeja de entrada. Todo papel nuevo va a un mismo sitio y lo archivas una vez al mes.
- Copia digital de lo importante. Escanea con el móvil escrituras, pólizas y garantías y guárdalas en una carpeta con los mismos 8 apartados.
- Una limpieza al año. Elige un mes fijo, por ejemplo cuando termina la campaña de la renta, y retira lo que ya ha pasado de plazo.
Cuando tires papeles con datos personales (DNI, cuentas, direcciones), rómpelos bien o usa una destructora; no los dejes enteros en el contenedor.
Papel o digital: qué conviene
Lo ideal es combinar. Los originales que tienen valor por sí mismos (escrituras, testamento, títulos) se guardan en papel en un sitio seguro. Para el día a día, la copia digital es más cómoda: la encuentras en segundos y no ocupa espacio. Muchas compañías ya envían las facturas en digital y las guardan en su área de cliente; basta con saber dónde están y descargar las que justifiquen algo de la renta.
Si guardas copias en la nube o en el correo, piensa también en quién podría llegar a ellas si te pasara algo. Lo explicamos en la guía sobre el testamento digital.
Que alguien más sepa dónde está todo
Una casa ordenada ayuda el día a día, pero se nota sobre todo cuando falta alguien: la familia tiene que encontrar escrituras, seguros y cuentas, y muchos trámites tienen plazo. Si te interesa ver qué documentos piden, está en la guía de qué hacer cuando fallece un familiar. Y si quieres más ideas para organizar la casa, tienes la sección Hogar y vida diaria y una plantilla de finanzas personales para llevar las cuentas.
Vídeo: mira cómo se rellena en 8 minutos
Si quieres dejar tus papeles localizados en una sola carpeta, aquí ves cómo se rellena «Si me pasa algo»: el mapa de documentos, lo urgente y dónde guardarla.
Vídeo de 8 minutos con subtítulos en español.
Checklist para ordenar tus papeles
- He juntado todos los papeles en un mismo sitio.
- He preparado un archivador o caja con 8 apartados.
- He separado los documentos de «guardar siempre».
- He retirado las rentas y recibos que ya pasaron de plazo.
- He escaneado escrituras, pólizas y garantías.
- Tengo una bandeja para los papeles nuevos.
- He apuntado en el calendario la limpieza anual.
- Alguien de confianza sabe dónde está todo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo hay que guardar las facturas?
En casa, como mínimo mientras dure la garantía del producto: 3 años desde la entrega para productos nuevos y 2 para contenidos o servicios digitales. Si la factura justifica una deducción de la renta, guárdala 4 años desde que acaba el plazo de esa declaración.
¿Cuántos años hay que guardar la declaración de la renta?
Al menos 4 años, contados desde el día siguiente a que termina el plazo de presentación. Es el plazo en el que Hacienda puede revisarla, según la Ley General Tributaria. Guarda también los justificantes de lo que declaraste.
¿Cuánto tiempo hay que guardar los recibos de la luz o del agua?
Por prudencia, 5 años, que es el plazo que el Código Civil fija para los pagos que se hacen por años o en plazos más breves. Muchos recibos también se pueden descargar del área de cliente de la compañía.
¿Hay que guardar las nóminas?
No es obligatorio, pero es recomendable guardarlas hasta la jubilación, junto con los contratos de trabajo, para poder comprobar las cotizaciones. El informe de vida laboral se puede pedir en la Seguridad Social.
¿Qué documentos hay que guardar siempre?
Escrituras de la vivienda y cancelación de la hipoteca, copia del testamento, libro de familia, títulos, contratos de trabajo, informes médicos importantes y pólizas de vida y decesos.
¿Cuánto tiempo guarda un autónomo las facturas?
La Agencia Tributaria indica que deben conservarse durante el plazo de prescripción de 4 años, y el Código de Comercio obliga a los empresarios a conservar la documentación del negocio 6 años. Conviene confirmarlo con tu gestoría.
¿Cuál es la mejor forma de organizar los papeles de casa?
Un archivador o caja con pocos apartados fijos (identidad, casa, suministros, dinero, trabajo, salud, seguros y garantías), una bandeja para los papeles nuevos, copia digital de lo importante y una limpieza al año.
Tus papeles importantes, localizados en una carpeta
Ordenar los papeles es la mitad. La otra mitad es que alguien más sepa dónde están. «Si me pasa algo» es una carpeta para dejarlo apuntado con calma:
- Un mapa de dónde está cada documento: escrituras, seguros, testamento, banco.
- Casa, suministros, seguros y vida digital, con lo que tu familia tendría que saber (nunca contraseñas).
- Una guía para tu familia con los trámites y sus plazos.
En PDF para imprimir, en letra grande o rellenable en el ordenador.
Fuentes: plazos revisados en octubre de 2026 en el BOE (Ley 58/2003 General Tributaria, Código Civil, Real Decreto Legislativo 1/2007 y Código de Comercio) y en la Agencia Tributaria.


